sábado, 18 de abril de 2009

Reforma de la Seguridad Social en Venezuela


El Estado debe ejecutar determinadas políticas sociales que garanticen y aseguren el bienestar de los ciudadanos en determinados marcos como el de la sanidad, la educación y en general todo el espectro posible de seguridad social. Estos programas gubernamentales, financiados con los presupuestos estatales, deben tener carácter gratuito, en tanto son posibles gracias a fondos procedentes del erario público, sufragado a partir de las imposiciones fiscales con que el Estado grava a los propios ciudadanos. En este sentido, el Estado de bienestar no hace sino generar un proceso de redistribución de la riqueza, pues en principio, las clases inferiores de una sociedad son las más beneficiadas por una cobertura social que no podrían alcanzar con sus propios ingresos.
En este Sistema se engloban temas como la
salud pública, el subsidio al desempleo, o los planes de pensiones y jubilaciones y otras medidas que han ido surgiendo en muchos países tanto industrializados como en vías de desarrollo desde finales del siglo XIX para asegurar unos niveles mínimos de dignidad de vida a todos los ciudadanos e intentar corregir los desequilibrios de riqueza y oportunidades.
La Seguridad Social Integral protege a los habitantes de la República, de las contingencias de enfermedades y accidentes, sean o no de trabajo, cesantía, desempleo, maternidad, incapacidad temporal y parcial, invalidez, vejez, nupcialidad, muerte, sobrevivencia y cualquier otro riesgo que pueda ser objeto de previsión social, así como de las cargas derivadas de la vida familiar y las necesidades de vivienda, recreación que tiene todo ser humano.
La Seguridad Social debe velar porque las personas que están en la imposibilidad sea temporal o permanente de obtener un ingreso, o que deben asumir responsabilidades financieras excepcionales, puedan seguir satisfaciendo sus necesidades, proporcionándoles, a tal efecto, recursos financieros o determinados o servicios"
En el artículo 86 de la Constitución Nacional se establece que toda persona tiene derecho a la Seguridad Social como servicio público de carácter no lucrativo que garantice la
salud y la protección ante las contingencias, artículo además enmarcado dentro del Capítulo referente a los derechos sociales y de las familias.
Los artículos 83,84 y 85 establecen el derecho a la salud y la creación de un sistema público nacional de salud integrado al sistema de seguridad social, en base a ello es que se enrumban los objetivos del Sistema de Seguridad Social.
La inflación. Casi por definición podría decirse que ningún sistema de seguridad social puede ser viable si existe una elevada o persistente inflación, pues no hay forma de hacer rendir fondos que se van depreciando constantemente. Por ello el gobierno debería garantizar que el control, o más exactamente, la eliminación de la inflación, se lleven efectivamente a cabo.Venezuela parece estar a punto de dar un viraje en un tema que no sólo es importante por sus repercusiones directas sino también por las indirectas: un adecuado sistema de AFPís y de seguros de salud puede favorecer enormemente la recuperación del deterioro social que tenemos, aumentar considerablemente el ahorro y la inversión privadas y atraer, por su estabilidad, un caudal importante de inversiones extranjeras. De lo que suceda en los próximos meses dependerá si seguimos recorriendo el camino de la frustración nacional o avanzamos —a pesar de los fuertes intereses que se oponen— hacia la verdadera modernización del país.

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